Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2012
Fecha: 22-Jun-2012
En cuanto a los actos realizados por el Juez cautelar
Expresa que, ante las arbitrariedades e irregularidades manifiestas, interpuso “incidente de nulidad por defectos absolutos”, sin que la Jueza demandada que ejerce el control jurisdiccional se hubiere pronunciado al respecto, no obstante de haber transcurrido quince días, en tanto que el Fiscal y funcionarios de DIPROVE, lo vienen “persiguiendo con la finalidad de aprehenderme por el inexistente delito de robo agravado” (sic).
- acción de libertad
- Respecto a los actos realizados por el Fiscal
- En cuanto a los actos realizados por el Juez cautelar
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- ante la existencia de medios de impugnación específicos e idóneos para restituir de manera inmediata los derechos objeto de su protección, o bien cuando se activa de manera paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico
- Fragmento 16
- III.2.1. Juez cautelar como encargado del control de la investigación
- III.2.2. Celeridad procesal en las decisiones vinculadas al derecho a la libertad
- Caso 224/2011
- Fragmento 20
- Con relación al caso 04/2012
- Fragmento 22
- III.3.2. En cuanto a la actuación de la Jueza cautelar
- APROBAR en parte