Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2012
Fecha: 22-Jun-2012
Fragmento 14
No es suficiente plasmar en un texto los derechos fundamentales inherentes al ser humano, pues corren el riesgo de ser conculcados, suprimidos y amenazados por actos de los servidores públicos y de personas particulares; así, el Estado tiene la obligación de crear mecanismos apropiados para garantizar su vigencia y ejercicio, por ello la Constitución Política del Estado, reconoce un conjunto de derechos y en procura de asegurar su plena vigencia y ejercicio, contempla entre sus acciones de defensa, a la acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- Fragmento 7
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. De la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la subsidiariedad de esta acción de defensa
- III.3.
- apellido
- igualdad,
- optar por la vía constitucional, administrativa o disciplinaria y/o penal, según corresponda
- III.4. El derecho a la educación
- discriminación
- Fragmento 23
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR