Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.4.
II.4. En el informe INF/T/EFG/USS 41/2012 de 22 de febrero, el Técnico de Seguimiento y Supervisión del SEDUCA de Santa Cruz “2”, expresó haber tomado conocimiento de los antecedentes del problema suscitado entre la familia de la accionante y el demandado, haciendo mención al acta de garantías suscrito, extensible a sus familiares; a cuya consecuencia, velando por el bienestar de la menor, sugirió a sus padres considerar “la aplicación del Art. 112 numeral 6” -no indica de qué norma-, señalando las unidades educativas más cercanas al barrio Guaracachi (fs. 49 y 50).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- Fragmento 7
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. De la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la subsidiariedad de esta acción de defensa
- III.3.
- apellido
- igualdad,
- optar por la vía constitucional, administrativa o disciplinaria y/o penal, según corresponda
- III.4. El derecho a la educación
- discriminación
- Fragmento 23
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR