SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2012
Fecha: 22-Jun-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de los derechos de su representada a la educación, a la dignidad, al respeto, a la no discriminación, a la igualdad y a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, porque el Director y propietario de la Unidad Educativa “Reverendo Padre Salesiano Esteban Bertolusso”, instruyó a su personal administrativo para que en la gestión 2012, no se reciba a ningún alumno con apellido “Arandia”, ocasionando con dicha determinación un daño irreparable en el aprendizaje y desarrollo de la menor NN, puesto que las clases iniciaron hace un mes atrás. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- Fragmento 7
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. De la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la subsidiariedad de esta acción de defensa
- III.3.
- apellido
- igualdad,
- optar por la vía constitucional, administrativa o disciplinaria y/o penal, según corresponda
- III.4. El derecho a la educación
- discriminación
- Fragmento 23
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR