SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2012

Fecha: 22-Jun-2012

el objeto

En este estado de cosas, corresponde ahora precisar el objeto y la causa de la petición de tutela; en ese orden, se tiene que el objeto de la presente acción de amparo constitucional, es la petición de tutela constitucional para el resguardo de los derechos del accionante al trabajo, a una remuneración justa, equitativa y satisfactoria, a un debido proceso; asimismo, la causa, se constituye en los Autos de 18 de agosto de 2011 y complementario de 30 del 83 362 del mismo mes y año, suscritas por la Sala Civil, Social, de Familia y de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, en vista de que los honorarios profesionales que les corresponde se regularon en un monto incongruente con el Arancel Mínimo del ICAP, porque el mismo establece que para procesos ejecutivos,  menester el pago de Bs 5 000.- (cinco mil bolivianos), más el 10% del capital y no así en la previsión del DS 0100, que establece que el Arancel Único Nacional aprobado por el Ministerio de Justicia. En consecuencia, en base a los aspectos antes señalados, se procederá a analizar si en el presente caso, si de debe conceder o no de la tutela solicitada.