SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0365/2012

Fecha: 22-Jun-2012

II.4.

II.4.  Mediante certificación emitida por el responsable del Registro Público de Abogados del Ministerio de Justicia conforme a lo establecido por el inc. d) del art. 7 del DS 0100, certificó: “Que aún no se aprobó el Arancel Mínimo de Honorarios Profesionales de Abogados, de acuerdo a lo establecido por el inc. d) del artículo 7 del Decreto Supremo Nº 100 de 29 de abril de 2009, puesto que las asociaciones u otros gremios de abogados no hicieron llegar su propuesta ya solicitada por este Ministerio para su respectiva aprobación. En consecuencia en el presente caso; corresponde atenerse al actual Arancel Mínimo de Honorarios Profesiones de los Ilustres Colegios de Abogados departamentales o Nacional existentes” (fs. 3).