SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2012

Fecha: 22-Jun-2012

II.5.

II.5.    De la Resolución 1298/2010 de 22 de octubre, cursante de fs. 16 a 17, se tiene que el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, declara que el vehículo que el accionante pide sea devuelto, no se halla retenido ni por el Ministerio Público, ni por su Juzgado, por lo que el interesado debe gestionar ante las autoridades competentes que correspondan, lo que sus derechos así le amparen.