SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2012

Fecha: 04-Jul-2012

II.18.

II.18.  El 4 de agosto de 2011, Andrea Carla Martínez Calvo se adjudicó el bien inmueble embargado (fs. 311 y vta.). Mediante Auto 343 de 17 de septiembre de ese año, se aprobó el remate disponiéndose la extensión de la escritura pública de adjudicación, resolución notificada al accionante el 21 de igual mes y año (fs. 334 vta. a 336), decisión que no fue impugnada por ningún medio ordinario.

II.18.  El 23 de septiembre de 2011, Sandra Urizar Muñoz, presentó planilla de liquidación, la misma que observada por memorial de 26 de igual mes y año; por decreto de 30 de ese mes y año, se ordenó el traslado y que se estuviera a lo dispuesto en Auto de aprobación de remate (fs. 339 y 347 y vta.).