Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2012
Fecha: 04-Jul-2012
II.23.
II.23. Por Auto 170 de 8 de febrero de 2012, se ordenó la emisión de un nuevo mandamiento de desapoderamiento con facultad de allanamiento y el auxilio de la fuerza pública, expedido el 14 de ese mes y año y ejecutado el 6 de marzo de igual año, según informe de la Oficial de Diligencias del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Civil (fs. 407 vta. y 443 y vta.).
- Fragmento 1
- a)
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- CONCEDER
- II.1.
- II.2.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.20.
- II.23.
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR