SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0476/2012

Fecha: 04-Jul-2012

II.5.

II.5.  Por Resolución 392/2011 de 22 de diciembre, el Juez de Instrucción del Distrito Primero, en suplencia legal del Juez Primero de Instrucción en lo Penal, DECLARÓ la REBELDÍA de los imputados Rogelio Fernández Mamani y Felix Fernández Mamani, dentro de las investigaciones que sigue el Ministerio Público contra ellos, por la presunta comisión de los delitos de robo, robo agravado y allanamiento de domicilio y sus dependencias, previstos y sancionados por los arts. 298, 331 y 332 del Código Penal (CP); en consecuencia dispone mandamientos de aprehensión en su contra y la publicación de sus datos y señas particulares en medios de comunicación escrita a objeto de su búsqueda y aprehensión, designándoles como defensor de oficio a Adolfo Huerta Ferrufino, para que los represente y asista durante la etapa preparatoria, asimismo ordena sus arraigos y como medidas cautelares de carácter real la anotación preventiva de los bienes inmuebles, vehículos y acciones telefónicas que pudieran poseer los imputados. En consecuencia el 23 de diciembre de 2011, ambos imputados solicitaron al Juez cautelar, fijar día y hora de audiencia para resolver el incidente de actividad procesal defectuosa; por lo que, dicho Juez mediante providencia de 24 de diciembre del citado año, programó audiencia pública para el 12 de enero de 2012 a horas 16:00. Por otra parte, el 23 del referido mes y año, se emitió el Mandamiento de aprehensión para el imputado Felix Fernández Mamani; siendo aprehendido el 24 de diciembre de 2011 a horas 8:15 (fs. 156 a 159 vta.).