Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0525/2012
Fecha: 09-Jul-2012
II.3.
II.3. El 23 de diciembre de 2009, la accionante planteó acusación particular contra los actuales demandados, por la supuesta comisión de los delitos de despojo, alteración de linderos, perturbación de posesión y daño simple, debido a que de manera “ilegal e ilegítima”, el 27 de noviembre y 17 de diciembre de 2009, invadieron su propiedad, destruyendo los muros del lado oeste, impidiendo restituirlos a su anterior estado, ejerciendo violencia contra ella y sus hijos (fs. 32 a 34 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.Medidas de hecho: requisitos que hacen posible la abstracción del principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Sobre la tutela provisional brindada ante medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- tutela provisional, ante el daño producido al referido derecho de la accionante, debiendo el cuestionamiento aducido por los demandados ser dilucidado en la vía ordinaria civil