SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0530/2012

Fecha: 09-Jul-2012

III.1.  La actividad procesal defectuosa en el proceso penal, la  jurisprudencia constitucional y las modificaciones al Código de Procedimiento Penal por la Ley 007 de 18 de mayo de 2010

Teniendo en cuenta que el problema jurídico planteado a este Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la acción de amparo constitucional se configura sobre si la falta de notificación con la querella y por ende la supresión del ejercicio del derecho a objetar la misma constituye un defecto absoluto o, por el contrario, únicamente un defecto relativo, corresponde determinar el marco normativo aplicable sobre la actividad procesal defectuosa, analizar la jurisprudencia constitucional sobre el tema y las modificaciones al Código de Procedimiento Penal por la Ley 007 de 18 de mayo de 2010. En ese orden, corresponde glosar la línea jurisprudencial desarrollada por el Tribunal Constitucional cuando se denuncia actividad procesal defectuosa.