Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0532/2012
Fecha: 09-Jul-2012
c)
c) Las disposiciones del Reglamento elevado al rango de ley, señalaban que los asambleístas por población se elegirían en circunscripciones departamentales por el sistema proporcional en base a la fórmula establecida en el art. 38 de la Ley 4021, no mencionaba que se aplicaría el art. 38 en todos sus incisos, sino su formula distribuidora, porque esta disposición legal fue establecida para las elecciones generales de 6 de diciembre de 2009 y no para las departamentales y municipales de 4 de abril de 2010.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- Fragmento 2
- I.1. Contenido de la acción
- I.2. Admisión y citaciones
- I.3. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- a)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- 1)
- 2)
- 3)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III.1. El control normativo de constitucionalidad: En cuanto a la denominación y el marco normativo
- III.2. Naturaleza jurídica
- III.3. Alcances del control de constitucionalidad normativo
- III.4.Control de constitucionalidad de normas vigentes
- cuando se ha producido la sustracción de materia
- III.5. El caso de autos
- infundada por improcedente
- IMPROCEDENTE