SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0611/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0611/2012

Fecha: 20-Jul-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En atención a la escritura pública 173/2002 de 25 de enero, el Banco Mercantil S.A., interpuso proceso coactivo contra Industrias Electromecánicas “FEMCO” S.R.L., en vista que esta empresa incumplió sus obligaciones de pago emergentes de la línea de crédito en cuenta corriente que otorgó la merituada entidad bancaria, donde Raúl Artero Ardaya y Lila Paz Pereira de Artero, constituyeron bienes como garantía hipotecaria.

Radicado el proceso en el Juzgado Primero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba, el Juez dictó Resolución de 10 de marzo de 2003, declarando probada la demanda, condenando a “FEMCO” S.R.L., al pago de la suma perseguida; empero, por Auto de 22 de julio de ese año, la misma autoridad anuló su propio fallo, reponiendo obrados hasta el estado en que la institución

Ante tal “ilegal” Resolución viciada de nulidad, por memorial de 7 de marzo de 2007, solicitó saneamiento procesal, el cual fue rechazado por Auto de 27 de abril del año referido; por lo que interpuso recurso de apelación y, a tal efecto, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista 148/2001 de 27 de agosto, confirmado la Resolución impugnada; conculcando de ese modo sus derechos y garantías y los de sus representados.