SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0611/2012
Fecha: 20-Jul-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos y los de sus representados, a la defensa, al debido proceso, a la igualdad ante la ley, a la “seguridad jurídica” y a la propiedad; toda vez que dentro de la demanda coactiva seguida por el Banco Mercantil S.A. contra la empresa “FEMCO” S.R.L., se dispuso el remate de los bienes dados como garantía hipotecaria; sin embargo, posteriormente, el Juez de la causa repuso obrados y anuló su propia Resolución. Ante tal ilegalidad impetraron saneamiento procesal, que fue rechazado y en apelación la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, por Auto de Vista 148/2011, confirmó la Resolución impugnada. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela requerida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.2. Requisitos de admisibilidad en la acción de amparo constitucional
- De los requisitos de forma
- Sobre los requisitos de contenido
- III.3. Análisis en el caso concreto
- APROBAR