Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0749/2012
Fecha: 13-Ago-2012
I.1.3. Petitorio
Solicita se declare “procedente” la acción de amparo constitucional, y se revoque el Auto Supremo 4/2010 de 24 de marzo, como consecuencia de ello la nulidad de todas las Resoluciones pronunciadas con anterioridad -Auto de Vista 29/2009 de 24 de diciembre y Sentencia 28/2009 de 21 de agosto-, y en definitiva se disponga la nulidad del proceso hasta el estado en que la parte actora adjunte poder suficiente para demandar en su contra, más el pago de daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- debiendo el demandante regularizar el tramite conforme a derecho
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- “sin lugar”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. La acción de amparo constitucional, no procede cuando se configura la existencia de actos consentidos
- III.3. Análisis del caso concreto
- “conceder”
- APROBAR