SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2012

Fecha: 20-Ago-2012

II.5.

II.5.  A través de la nota de 26 de enero de 2010 (sin sello de recepción), la accionante manifestó al Secretario General y al Secretario de Relaciones ambos del Sindicato Mixto de Transportistas “1º de Mayo”, que en forma oportuna solicitó varias veces se deje sin efecto la “sanción ilegal de suspensión de mis dos motorizados” (sic), y que no se le respondió, por lo cual presentó denuncia ante la Federación Departamental del Autotransporte de Cochabamba y que dicho ente se pronunció mediante “comunicado de fecha 25 de Enero de 2.010, del cual su DIRECTORIO NO SE HA PRONUNCIADO AL RESPECTO” (sic) (fs. 14).