SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0845/2012

Fecha: 20-Ago-2012

“improcedente”

El Juez Segundo de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución de 05/2010 de 26 de mayo, cursante de fs. 112 a 114, por la cual declaró “improcedente” la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: Si bien en el caso en exordio existe arbitraria determinación del Sindicato Mixto de Transportistas “1ro. de Mayo de Quillacollo”, al suspender de su trabajo “a los vehículos 1485- XDR 1668-RXD, empero existe mecanismos de protección de sus derechos, concretamente pedir la Reconsideración de la Resolución con el apoyo de 3 socios como mínimo, establecido en el inc. g) del ESTATUTO del Sindicato” (sic); en consecuencia, no agotó la vía instaurada para la protección de sus derechos, correspondiendo aplicar el principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional.