Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0888/2012
Fecha: 20-Ago-2012
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante estima lesionados sus derechos al ejercicio de la función pública, reconocido por el art. 26 de la Constitución Política del Estado (CPE), a una tutela efectiva y al debido proceso, establecidos por los arts. 7 y 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH); y, a las “Garantías judiciales, libre de discriminación, a ser protegido por la ley y la garantía de la seguridad jurídica” (sic), amparados por los arts. 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) Pacto de San José de Costa Rica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- “denegó”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.3.Términos en la presente acción tutelar
- - recurso directo de nulidad
- III.5.Normativa Jurídico - Constitucional del Recurso Directo de Nulidad
- III.6.
- denegar
- APROB