SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0906/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0906/2012

Fecha: 22-Ago-2012

a)

Solicita se conceda la tutela; y en consecuencia se disponga: a) Dejar sin efecto la Sentencia Agraria Nacional S1 24/2011 de 20 de junio y su Auto Complementario de 6 de julio de “2001”, así como la nulidad de obrados hasta la instancia de admisión del proceso; y, b) Se condene al pago de costas procesales.

Mariano Parra Ramírez, ex Conjuez del Tribunal Agrario Nacional, presentó informe escrito cursante de fs. 386 a 390 vta., expresando que: a) Conforme establece el art. 36.2 de la LSNRA, dicho Tribunal tiene la facultad para conocer y resolver la nulidad y anulabilidad de los títulos ejecutoriales tramitados ante el Consejo Nacional de Reforma Agraria, no discriminando si la competencia alcanza o no a los predios que actualmente están en el radio urbano, por ello no existe desconocimiento de la Ley 453 de 27 de diciembre de 1968; b) Si bien en un principio se observó la legitimación activa de la entidad demandante, ésta fue subsanada en su oportunidad con la presentación de documentos, máxime cuando el accionante no usó los medios previstos por ley antes de responder a la demanda; y, c) En cuanto a la vulneración de los derechos de los terceros interesados, éstos deben hacerlos valer por sí mismos, no pudiendo arrogarse el accionante la representación sin mandato para acusar imaginarios vicios de nulidad, impetrando se deniegue la tutela, con costas y multa.