Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0906/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.3.
II.3. El 14 de febrero de 2007, el Superintendente Agrario a.i. del Sistema de Regulación de Recursos Naturales Renovables (SIRENARE), presentó demanda de nulidad des título ejecutorial 384319 serie A contra Raúl Jordán Pereda, Juan Carlos Jordán Llantén y Luis Rolando Jordán Llantén. Demanda que mereció el proveído de 23 de febrero de 2007, pronunciado por el entonces Tribunal Agrario Nacional, en el que se dispuso que con carácter previo a su admisión, el demandante acredite su legitimación activa demostrando el interés legítimo de la institución a la que representa (fs. 6 a 15).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- “improcedente”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 20
- III.2. Legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Legitimación pasiva de los actuales Magistrados del Tribunal Agroambiental en la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- “improcedente” aunque
- APROBAR