Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0906/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.9.
II.9. A través de los memoriales presentados el 1 y 7 de octubre de 2009, la representante de Raúl Jordán Pereda y Oscar Melchor Pinto Villanueva, interpuso nulidad de obrados, pidiendo que se disponga la citación de los terceros interesados con la demanda; incidentes que fueron rechazados mediante Auto de 20 de octubre del mismo año (fs. 114 a 123).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- “improcedente”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 20
- III.2. Legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Legitimación pasiva de los actuales Magistrados del Tribunal Agroambiental en la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- “improcedente” aunque
- APROBAR