Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0906/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.4.
II.4. Mediante memorial de 2 de marzo de 2007, la Superintendente Agraria a.i. del SIRENARE, ratificó la demanda de nulidad de título ejecutorial, cumpliendo lo observado por el Tribunal Agrario Nacional, mereciendo el proveído de 23 de abril, por el cual la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, requirió que con carácter previo a la admisión, se señalen los domicilios de los terceros interesados (fs. 16 a 19).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- “improcedente”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 20
- III.2. Legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Legitimación pasiva de los actuales Magistrados del Tribunal Agroambiental en la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- “improcedente” aunque
- APROBAR