Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0906/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.5.
II.5. Por memorial de 30 de abril de 2007, la Superintendente Agraria, nuevamente ratificó la demanda de nulidad de título ejecutorial, emitiéndose el Auto de 22 de mayo de igual año, a través del cual la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional admitió la demanda en la vía ordinaria de puro derecho, corriendo en traslado a los demandados Raúl Jordán Pereda, Juan Carlos Jordán Llantén y Luis Rolando Jordán Llantén, disponiendo su citación mediante edictos (20 a 22 vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- “improcedente”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- Fragmento 20
- III.2. Legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Legitimación pasiva de los actuales Magistrados del Tribunal Agroambiental en la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- “improcedente” aunque
- APROBAR