SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0922/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.1.
II.1. Cursa a fs. 10, requerimiento fiscal de 18 de enero de 2002, por el que se solicitó al Presidente del Colegio de Auditores, designe un profesional auditor para que elabore una auditoría, por lo que el 22 de mismo mes y año el Colegio de Auditores, envió la nómina de profesionales para que uno sea designado como encargado de realizar la pericia por el Fiscal (fs. 11), y como efecto de lo antes indicado el 29 de mes y año señalado, se elaboró el acta de juramento como perito a la auditora Flora Remedios García Morales (fs. 12), quien el 18 de febrero de 2002, emitió el informe de auditoria especial por el periodo “01/01/96 al 31/12/2000” (sic), dirigido a la Fiscal “Silvia Blacutt Monje” (sic) (fs. 13 a 38).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegando
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 21
- III.2. La extemporaneidad en la protección de la acción de amparo constitucional
- III.3. El trámite de imposición de costas
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR