SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2012

Fecha: 22-Ago-2012

1)

El abogado de la empresa accionante ratificó y amplió la acción de amparo constitucional presentada en los siguientes términos: 1) No fue resuelto su recurso jerárquico contra la Resolución Administrativa que determinó la resolución de contrato debido a que el Alcalde no remitió los actuados ante el Concejo Municipal; en razón a ello, la acción no fue dirigida contra esa instancia; 2) Se vulneraron los procedimientos de sanciones que forman parte del proceso de contratación al momento de efectuar el operativo sorpresa de 11 de agosto de 2011; 3) El contrato fue resuelto primero y definitivamente por parte de la empresa “La Francesa” el 13 de septiembre de 2011, por falta de pago del gobierno municipal de El Alto. Resolución que no fue impugnada y por tanto goza de la calidad de cosa juzgada; 4) Como emergencia del registro en el SICOES, la mencionada empresa cuando se presentó a una convocatoria pública del Gobierno Autónomo Municipal de Tarata, quedó descalificada. Asimismo, se presentó a otra convocatoria y está pendiente su situación por motivo de este irregular incumplimiento; y, 5) Estando aún vigente el contrato con “La Francesa”, ya se tenía otra empresa brindando el desayuno escolar.