SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2012

Fecha: 22-Ago-2012

concedió

La Jueza Cuarta de Partido Liquidador de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 09/2012 de 11 de mayo, cursante de fs. 376 a 379, concedió la tutela solicitada, y dispuso que la autoridad demandada, Edgar Hermógenes Patana Ticona, remita los recursos jerárquicos de 26 de octubre y 5 de septiembre de 2011, al Concejo Municipal de El Alto, a efectos de su consideración y resolución, dentro de las veinticuatro horas de su legal notificación, para su trámite conforme el art. 141 de la LM y ordene el levantamiento del registro de la resolución de contrato en el SICOES del contrato administrativo 0184/11. Los fundamentos jurídicos de esta resolución son: 1) No se resolvieron los recursos jerárquicos (26 de octubre de 2011) por el Concejo Municipal incumpliendo con el trámite de recursos administrativos establecidos en el art. 141 de la LM, lo que lesionó el debido proceso y la seguridad jurídica, 2) En la falta de resolución de los recursos jerárquicos del trámite administrativo de resolución de contrato, “no corresponde la aplicación del art. 43 delDS181 inc. j), modificado por el DS 1756”, toda vez que aún no se tiene establecidos los presupuestos de la resolución del contrato 184/11 lo que daña innecesariamente el derecho del comercio lícito y de trabajo de la empresa accionante, conforme los arts. 46 y 47 de la CPE. Sin embargo, no se encuentra la vulneración “al derecho a la libertad de empresa” previsto en el art. 308 de la CPE, ya que la referida sociedad empresa puede desarrollar sus actividades de acuerdo a las garantías establecidas; y, 3) No estando resuelto el contrato 0184/11, por existir pendiente la resolución de los recursos jerárquicos no corresponde la devolución de las boletas de garantías ni la calificación de responsabilidad alguna.