SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0936/2012

Fecha: 22-Ago-2012

II.3

II.3   Con relación a la existencia y funcionamiento de la ASOTROVICC, la Prefectura -ahora Gobernación- del Departamento de Cochabamba, a través de la Resolución Prefectural 679/07 de 17 de diciembre de 2007, otorga personalidad jurídica para dedicarse a actividades de intermediación financiera u otras comerciales (fs. 2); por OM 03/2008 de 26 de febrero de 2008, el Concejo Municipal concede el uso y explotación para servicio de transporte público (fs. 3); consta un acta de Reunión General de Socios de Directorio de ASOTRUVICC, de 10 de diciembre de 2009, en la que se cita normativa contenida en su Estatuto para la elección del Directorio Gestión 2009-2010 (fs. 4 a 6); además, la posesión del Directorio electo, que consigna -entre otros-, a Gualberto Ordoñez Herrera, Alfredo Vallejos Valencia y a Nicómedes Guzmán Méndez -ahora accionantes- en los cargos de Presidente, Vicepresidente y Secretario, respectivamente (fs. 7 a 8 vta.); y, el Testimonio de Poder Especial, Amplio y Suficiente que confiere el Directorio a los ahora accionantes (fs. 9 a 10 vta.).