SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2012

Fecha: 22-Ago-2012

1)

Rodrigo Miranda Flores, Presidente de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por escrito de fs. 80 y vta., presentó informe manifestando: 1) La resolución judicial impugnada vía acción de amparo constitucional, fue pronunciada por ex autoridades, por lo que su persona carece de legitimación pasiva para ser demandado en la misma; y, 2) La presente demanda no constituye un instrumento sustitutivo de acciones ordinarias, que la Constitución Política del Estado y la ley asignan a las distintas jurisdicciones para la protección de derechos, debiendo activarse únicamente cuando el lesionado no tiene otro medio de defensa.