SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1089/2012

Fecha: 05-Sep-2012

Fragmento 24

El indicado memorándum de despido, no tiene como antecedente el haber sido emitido como resultado de un procedimiento interno previsto en el ordenamiento jurídico, sino es producto de un simple informe emitido por la misma parte patronal a través de la unidad de Recursos Humanos, que, como es de suponer, tiene el deber y la obligación de defender los intereses de la Gobernación (UBESAN-SEDECA)  y, desde ningún punto de vista, de los trabajadores; de ahí que, al advertir las supuestas faltas que motivaron el despido obraron en forma unilateral y sin dar oportunidad a que el trabajador asuma su defensa y demuestre lo contrario en proceso.