SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1155/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1155/2012

Fecha: 06-Sep-2012

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante mediante su abogado y apoderado a tiempo ratificar los términos de la acción presentada, amplió y puntualizó lo siguiente: el Auto Supremo 54, carece de objetividad y base jurídica, advirtiendo dos aspectos, que ese fallo señala que el recurso de inconstitucionalidad presentado por el procesado fue promovido para dilatar la causa y favorecer su solicitud de prescripción y que las víctimas tienen derecho a acceder a la tutela judicial efectiva que sería burlada por la prescripción de la acción penal; asimismo, resaltó la mala interpretación realizada por el Auto Supremo mencionado, sobre la aplicación de la norma más favorable al encausado de acuerdo al art. 116 y 256 de la CPE.

Con el derecho a réplica, solicitó que no se consideren los informes de los Ministros de la entonces Corte Suprema de Justicia, Jorge Monasterio Franco y Ana María Forest Cors, que señalan que no les corresponde estar como demandados por no haber suscrito el Auto Supremo impugnado y así como el informe del Ministro, Ángel Irusta Pérez por no ser claro.