SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1178/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1178/2012

Fecha: 06-Sep-2012

denegó

La Jueza Segunda de Sentencia en suplencia legal del Juzgado Primero de Sentencia del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 9/2010 de 9 de noviembre, cursante de fs. 93 a 97, denegó la tutela, con los siguientes argumentos: a) El hijo de la accionante tenia pleno conocimiento del proceso penal militar que se inició en su contra; b) La Ley de Organización Judicial (LOJ), puede ser aplicada por la justicia militar, en consecuencia al existir un requerimiento fiscal y un dictamen administrativo y pendiente por resolverse un recurso de complementación y enmienda, la autoridad superior militar deberá tener presente lo previsto por el art. 15 de la LOJ, revisando si ha existido vulneración de derechos y garantías en el desarrollo del proceso penal militar; c) En el caso en análisis existe ausencia de notificación al procesado con el Auto de Vista, así como de haberse llevado adelante la audiencia de fundamentación de apelación sin la presencia del procesado, ante dicho extremo debió declararse rebelde al mismo y designarse un defensor de oficio; y, d) Al estar pendiente una resolución de aclaración, complementación y enmienda en su calidad de Juez de garantías se inhibe de pronunciarse sobre el fondo de la acción de libertad.