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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1220/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1220/2012

    Fecha: 06-Sep-2012

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • tres días sin comer y pasando frío
    • a)
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • i)
    • III.1.  La naturaleza excepcionalmente subsidiaria de la acción de libertad y los supuestos de revisión del control de la legalidad de la aprehensión a través de esta acción tutelar
    • (SSCC fundadoras 0160/2005-R, 0181/2005-R, 0008/2010-R y 0080/2010-R)
    • SC 0957/2004-R, de 17 de junio
    • realizó de oficio el control de la legalidad de la aprehensión
    • III.2.
    • a) Voluntaria
    • 1)
    • 3)
    • el Juez Primero de Instrucción Mixto y Cautelar de Guayaramerín del departamento de Beni
    • ii)
    • cumple con la condición de validez referida a la remisión inmediata del aprehendido ante autoridad judicial
    • III.3. La acción de libertad instructiva y las denuncias de violación a los derechos fundamentales a la integridad personal (física, psicológica o sexual) de los seres humanos privados de su libertad personal o física
    • cuando hace referencia a los casos en los que la persona considere que su vida está en peligro.
    • la denuncia de la accionante en sentido de que se le mantuvo aprehendida en la FELCC de los departamentos de Santa Cruz y Beni, donde pasó tres días sin comer y pasando frío
    • extensivo no sólo a las personas que cumplen condenas, sino a todos los seres humanos privados de libertad
    • 1) Los representantes del Ministerio Público
    • III.3.1.
    • III.4. Sobre los otros actos lesivos denunciados en la acción de libertad
    • 2º  Disponer

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