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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1245/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1245/2012

    Fecha: 17-Sep-2012

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    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La teoría del hecho superado en el amparo constitucional
    • No obstante, se da el caso en que para el momento en que se interpone la acción de amparo, ya se ha reivindicado el derecho vulnerado, o ha desaparecido la causa de tal afectación
    • cuando la situación de hecho que causa la supuesta amenaza o vulneración del derecho alegado desaparece o se encuentra superada, la acción de amparo constitucional pierde su razón de ser y, en este sentido, la decisión que pueda llegar a adoptar el juez o tribunal de garantías con respecto al caso concreto resultaría, inútil y contraria al objetivo previsto para el que fue creada dicha acción
    • se tiene que el SEDES Chuquisaca dio respuesta a la solicitud de restitución
    • o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado
    • Fragmento 19
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • III.3.   De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Resolución

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