SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1262/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1262/2012

Fecha: 19-Sep-2012

ostentan la legitimación pasiva,

               En el presente caso, el accionante presentó la acción de amparo constitucional contra Eloy Avendaño Menchaca y Juan Mejía Coca, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, autoridades judiciales que al momento de dictar la Resolución impugnada -Auto de Vista de 1 de junio de 2010- desempeñaban esas funciones; sin embargo, debido al cambio de autoridades en el órgano judicial, asumieron Gina Luisa Castellón Ugarte y Everth Richard Veizaga Ayala, actuales Vocales de la citada Sala Penal; no obstante no intervenir en el fallo cuestionado, ostentan la legitimación pasiva, conforme a la jurisprudencia desarrollada, autoridades que no asumirán las consecuencias que pudieran devenir de una responsabilidad constitucional, porque lo que se busca es la protección contra las lesiones y amenazas a los derechos fundamentales y garantías constitucionales.