SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1278/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1278/2012

Fecha: 19-Sep-2012

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante, por sus representados ratificó inextenso los términos de la acción presentada y la amplió señalando que las autoridades demandadas, al dictar la Resolución 687/09, citando la Resolución 204/07, que declara la “actitud antiautonomista” (sic), resulta ser una cuestión que no esta reglada en ninguna norma universitaria y cuando señalan el art. 21 inc. h) del “Reglamento de Proc. Universitarios, lo que se debería hacer es remitir las denuncias ante la Comisión de admisiones” (sic), continuó relatando que: “Quiero hablar de 3 personas, el Sr. Diaz, Carrasco y el Sr. Yave, queremos aclarar que si fue mencionado el Sr. Yave porque esta mencionado en la Res. y sobre él no recae ninguna determinación a favor o en contra, a mas de eso están diversas inhabilitaciones no solo en la U.M.S.A. sino en la U.P.E.A.” (sic), concluyó solicitando que “en el marco de Reglamento de Proc. Universitarios, se les instaure proceso, con un debido proceso y con la posibilidad de poder defenderse y demostrar si son o no culpables” (sic).