SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1278/2012
Fecha: 19-Sep-2012
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
El Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, por informe de fs. 365 a 371 el cual fue leído en audiencia, manifestó que quienes han secuestrado a las “autoridades de la Facultad coartando incluso la libertad de expresión, quienes han tomado por la fuerza predios universitarios, generando graves daños académicos y económicos a la Universidad, hoy pretenden aparecer como victimas” (sic) interponiendo una acción de amparo constitucional.
Enfatizó en la toma violenta de las oficinas de la Facultad de Ciencias Sociales, propiciada por la Gabriela Sotomayor y liderizada por “el universitario Lucio Villacorta, a título de obligar a las autoridades facultativas a expulsar a los docentes recurrentes 2003” (sic) de la carrera de comunicación social, lo que implicó la violación del inciso b, parágrafo II, del artículo 5 del Estatuto Orgánico de la Universidad Mayor de San Andrés.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- DECLARAR ANTIAUTONOMISTAS”
- suspende los derechos de ejercer cargos dentro de la Universidad como la docencia y otros
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- grupos violentos e intolerantes
- ”declarar actitud antiautonomista la ocupación física de predios universitarios“
- concedió en parte
- 1)
- I.3. Consideraciones de Sala
- 3º
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Las normas universitarias y el principio de legalidad
- III.3. Respecto al debido proceso
- III.4. La falta de fundamentación en las Resoluciones
- III.5. Con relación al caso concreto
- principios procesales constitucionales, que no deben ser inobservados por ninguna autoridad, bajo ninguna circunstancia
- APROBAR