SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1394/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1394/2012

Fecha: 19-Sep-2012

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Solicitan se conceda la tutela y se ordene que: 1) La demandada reponga los linderos, mojones y cercos en los predios afectados, bajo apercibimiento de proceder al lanzamiento o desalojo; 2) La mensura y deslinde de los predios conforme el acta de conciliación de 18 de octubre de 2008; y, 3) La anulación de la Resolución de 5 de junio de 2010, por dictarse fuera del plazo de ley.

Lorenza Calle Cruz a través de su abogado en audiencia señaló: 1) La empresa “ALTO” Ltda., le vendió ese lote y ella lo inscribió en Derechos Reales (DD.RR.), sobre el predio fraccionado se sacó línea y nivel y autorización para construir; 2) No fue parte del proceso donde se efectuó la conciliación, esa conciliación corresponde al proceso que sigue Alan Davieds a la mencionada empresa, pero el Juez Primero en lo Civil y Comercial de Pando trató de forzar dicha conciliación para el proceso de mensura y deslinde; 3) El “Juez de Instrucción” certificó que el acta de conciliación no la firmó la demandada por lo que no puede surtir efectos; 4) Las vías legales no han sido agotadas, por tanto el Tribunal de garantías no sería competente para ordenar la reposición de cercos ni ordenar la mensura y deslinde; y, 5) Finalmente, pidió se deniegue la acción de amparo constitucional interpuesta.