Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1394/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.13.
II.13. Constan documento privado suscrito entre la empresa constructora “ALTO” Ltda., representada por Gonzalo Gamboa Córdova como vendedor y Alan Davieds y María Roca Suarez como compradores del inmueble correspondiente al lote 5, mza B, sector prolongación Madre Nazaria, con una superficie de 378 m2, presentado como prueba en audiencia, por Alan Davieds -tercero interesado- (fs. 104 a 106).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. El amparo constitucional y las medidas de hecho
- quien acude a esta vía extraordinaria, debe acreditar su titularidad respecto de los derechos cuya tutela solicita, de manera que no será posible plantear la acción de amparo constitucional invocando derechos que se encuentren en disputa o estén en controversia.
- III.4.Análisis del caso concreto
- APROBAR