SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1394/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1394/2012

Fecha: 19-Sep-2012

denegó

La Sala Civil, Social, de Familia, de la Niñez y Adolescencia de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Pando, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 13 de 23 de septiembre de 2010, cursante de fs. 109 a 111, denegó la tutela en base a los siguientes fundamentos: a) La acción de deslinde fue intentada por Lorenza Calle Cruz, misma de la que desistió, habiendo otro juicio contra el urbanizador, donde se procedió a la conciliación que se pretendió hacer valer en el proceso de mensura; b) Lorenza Calle Cruz apeló y pidió la nulidad de la conciliación, la misma que se anuló; c) Se interpuso proceso de recobrar la posesión y por Auto de Vista se anuló; también existe un proceso penal en el cual se planteó un incidente y se interpuso otro juicio de deslinde que está pendiente; d) El Tribunal de garantías no es el medio idóneo para determinar el derecho propietario; tampoco puede determinar si los linderos y mojones son los correctos, no pudiendo ordenar un deslinde y mensura; y, e) Habiéndose demostrado que existe un proceso de mensura y deslinde que se encuentra en trámite, con carácter previo se debe agotar esa vía para que proceda la presente acción, por el principio de subsidiariedad.