SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1394/2012
Fecha: 19-Sep-2012
i)
El accionante mediante su abogado se ratificó in extenso en el memorial de acción presentado y ampliando la misma expresó: i) Los predios eran de invasión y el propietario se comprometió a venderlos a facilidades, el lote de la demandada era diferente, el Instituto Geografía Militar realizó los planos y el 2005, le vendieron con documentos correctos; ii) Dentro del proceso sumario de cumplimiento de contrato se efectuó una audiencia de conciliación, en la que estuvieron presentes las partes, la demandada estuvo de acuerdo; iii) La demandada interpuso incidente señalando que no firmó el acta de conciliación, el Juez Primero de Instrucción en lo Civil y Comercial anuló obrados, pero quedó firme el acta; y, iv) Lorenza Calle Cruz retiró la demanda de mensura y deslinde, pero el 12 de septiembre, arbitrariamente modificó los cercos motivo por el cual Julieta Flores presentó querella.
Alan Davieds, en audiencia refirió que: i) La demandada actó de mala fe, porque el contrato que tenía con la empresa “ALTO” Ltda. era de un lote de 378m2 pero cuando terminó de pagar, esa superficie fue modificada a “343m2”, por lo que él se negó a firmar la minuta por no estar de acuerdo a su contrato; y, ii) La demandada no solo habría realizado acciones que destruyeron su propiedad, sino que también lo hubiese agredido físicamente.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. El amparo constitucional y las medidas de hecho
- quien acude a esta vía extraordinaria, debe acreditar su titularidad respecto de los derechos cuya tutela solicita, de manera que no será posible plantear la acción de amparo constitucional invocando derechos que se encuentren en disputa o estén en controversia.
- III.4.Análisis del caso concreto
- APROBAR