SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1430/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1430/2012

Fecha: 24-Sep-2012

i)

i) Refiere que, esta acción presentada en octubre de 2011, sea tramitada en aplicación de los arts. 6.I y II, 15.I, 27.II, 78.II del CPCo., al existir cosa juzgada constitucional respecto a la acción de inconstitucionalidad del DS 0100, de la misma forma, la SCP 0336/2012, tiene carácter vinculante y general, por lo que la acción de inconstitucionalidad interpuesta el 24 de octubre de 2011, por Juan Luís Gantier Zelada, Diputado de la Asamblea Legislativa Plurinacional, con Expediente 00246-2012-01-AIA, debe someterse a la forma de Resolución de dicha sentencia, sus fundamentos, efectos y disposiciones, no puede reabrir un nuevo debate, ni control de constitucionalidad sobre el respectivo Decreto Supremo, lo que impide dictar otra sentencia, debiendo corregir dicho error de procedimiento; y, ii) Existiendo cosa juzgada constitucional conforme la SCP 0336/2012, solicitó dejar sin efecto el AC 0489/2012-CA de 27 de abril, debiendo la Comisión de Admisión dictar un nuevo Auto Constitucional que rechace la presente acción de inconstitucionalidad, conforme previene el art. 78.II del CPCo., por existir Sentencia con carácter vinculante y general que declaró la inconstitucionalidad del DS 0100 de 29 de abril de 2009.