SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1430/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1430/2012

Fecha: 24-Sep-2012

improcedente

Por lo que corresponde en esta instancia, que la acción de inconstitucionalidad abstracta, sea declarada improcedente, toda vez que la SCP 0336/2012 de 18 de junio, expulsó del ordenamiento jurídico vigente al DS 0100 de 29 de abril de 2009, así como al DL 16793 de 19 de julio de 1979, condicionando su vigencia por el plazo de un año, entre tanto el legislador pueda emitir una nueva ley.

Debiendo el accionante remitirse a los argumentos expuestos en la     SCP 0336/2012 de 18 de junio, debido que el control de constitucionalidad se desarrolla en una norma que no fue objeto de control de constitucionalidad, pues la finalidad de la acción de inconstitucionalidad abstracta, es expulsar del ordenamiento jurídico las disposiciones legales que sean incompatibles con los preceptos constitucionales, extremo que ya fue objeto del control normativo constitucional.

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Plena; en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 202 inc. 1) de la CPE; y 103 y ss. de la LTCP, resuelve declarara: IMPROCEDENTE la acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por Juan Luis Gantier Zelada, Diputado de la Asamblea Legislativa Plurinacional, quien demandó la inconstitucionalidad de los arts. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 del DS 0100 de 29 abril de 2009, por considerar que son contrarios a los arts. 12.I y III, 21 inc. 4), 47.I, 109.II, 120.I y 410.I y II de la CPE, por existir cosa juzgada constitucional.