SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1458/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1458/2012

Fecha: 24-Sep-2012

“improcedente”

El Juez Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 20/2012 de 3 de agosto, cursante de fs. 152 a 154, declarando “improcedente” “o” denegando la tutela impetrada por los accionantes; sin costas ni responsabilidad civil por ser excusable. Fallo dictado con los siguientes fundamentos: 1) La existencia de identidad de sujeto, objeto y causa en la acción de libertad, en relación a una planteada con anterioridad, constituye una causal de “improcedencia”; habiendo establecido la jurisprudencia constitucional que en estos casos, esta jurisdicción se halla imposibilitada de pronunciarse sobre el fondo “del segundo recurso”; lo contrario implicaría incurrir en duplicidad de fallos en relación al mismo asunto; 2) En el caso analizado, “la demandante” (sic) -lo correcto es el representado de los accionantes- formuló otra acción de libertad el 1 de agosto de 2012, similar en cuanto a sujeto, objeto y causa que la presente, que fue resuelta por el Juez Quinto de Sentencia Penal del mismo Departamento; no pudiendo el Juez de garantías otorgar tutela al estar impedido de enunciarse en el fondo de la acción de defensa ahora impetrada; y, 3) El pretender un nuevo pronunciamiento sobre hechos ya dilucidados por la jurisdicción constitucional, provocaría una innecesaria e irregular duplicidad de resoluciones en relación a casos iguales, desvirtuando la naturaleza de la presente garantía jurisdiccional.    

Por todo lo expuesto, el Juez de garantías al declarar “improcedente” “o” denegar la tutela incoada en relación a todos los demandados, efectuó una compulsa parcial de los antecedentes del caso y de los alcances de esta acción de defensa; utilizando por otra parte, terminología impropia, concerniendo aplicar la citada en el Fundamento Jurídico III.4.