SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1587/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los representantes del accionante, denuncian como vulnerados los derechos de su representado a la propiedad, al acceso universal y equitativo a los servicios básicos, al trabajo y la percepción de una remuneración o salario justo, garantía al debido proceso, a la “seguridad jurídica” en su vertiente derecho a la defensa, en razón de que dentro del proceso ejecutivo civil seguido por BIDESA contra SERPETROL S.R.L., Reynaldo Fernández Calvo, Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial, dictó providencias de 17 de abril de 2009 y 29 de julio de 2010 disponiendo la retención de $us1 067 600.- de YPFB, sin que sea parte en el referido proceso; y, Lilian Mercedes Sandi Ochoa, Jueza Décimo Primera de Partido en lo Civil y Comercial, dispuso las remisiones de las notas ante el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas para las referidas retenciones, sin considerar los memoriales presentados por YPFB, con relación a la inembargabilidad de sus bienes. En consecuencia corresponde determinar en revisión si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- e)
- 1)
- 3)
- i)
- concedió
- vii)
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional.
- III.2. Del derecho al debido proceso
- III.3. Del derecho al trabajo y a una remuneración justa
- III.4. Del principio de seguridad jurídica ligada al derecho a la defensa
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR