El presente voto disidente, tiene como objeto, plasmar una argumentación jurídico-constitucional, basada en criterios de pluralismo, interculturalidad y descolonización, aspectos omitidos en el análisis y fundamentación de la SCP 0108/2013 de 25 de e
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente, tiene como objeto, plasmar una argumentación jurídico-constitucional, basada en criterios de pluralismo, interculturalidad y descolonización, aspectos omitidos en el análisis y fundamentación de la SCP 0108/2013 de 25 de e

Fecha: 25-Ene-2013

13.

La reforma constitucional aprobada mediante referendo constitucional de 25 de enero de 2009, conlleva la vigencia de un modelo de Estado Constitucional de Derecho basado en el pluralismo, la interculturalidad y la descolonización, tal como se desarrolló en el Fundamento Jurídico 4 del presente voto disidente, así, esta característica se plasma en la cláusula estructural que rige la ingeniería propia del Estado Plurinacional de Bolivia contemplada en el art. primero de la CPE. En el marco de lo señalado, una de las características esenciales del Estado Constitucional de Derecho integrado con los tres elementos estructurantes antes descritos, es la vigencia plena de los derechos fundamentales, por tanto, el constituyente encomienda al contralor de constitucionalidad el mandato expreso de velar por el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales tal como lo establece el artículo 196 de la CPE, los cuales, tal como se señaló en el presente voto disidente, en contextos intra e interculturales, deben ser interpretados de acuerdo a pautas específicas de interpretación, verbigracia el paradigma del vivir bien.

Por lo señalado, se establece que las bases y postulados del Estado Constitucional de Derecho, constituyen el elemento legitimizador y directriz del ejercicio del control de constitucionalidad, por esta razón, el último y máximo contralor de constitucionalidad como es el Tribunal Constitucional Plurinacional, tiene el mandato esencial de tutelar de manera eficaz derechos fundamentales, rol que adquiere mayor relevancia aun cuando el acto denunciado como lesivo, está vinculado a derechos tutelados a través de la acción de libertad.