El presente voto disidente, tiene como objeto, plasmar una argumentación jurídico-constitucional, basada en criterios de pluralismo, interculturalidad y descolonización, aspectos omitidos en el análisis y fundamentación de la SCP 0108/2013 de 25 de e
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente, tiene como objeto, plasmar una argumentación jurídico-constitucional, basada en criterios de pluralismo, interculturalidad y descolonización, aspectos omitidos en el análisis y fundamentación de la SCP 0108/2013 de 25 de e

Fecha: 25-Ene-2013

se tiene que la decisión sometida a control de constitucionalidad; es decir, la notificación de 5 de agosto de 2012, no es armónica con la cosmovisión propia del pueblo indígena originario campesino de Santa Ana, por tanto, dicha decisión no cumple con los postulados del segundo componente del test del paradigma del vivir bien.

En el marco de lo señalado, se tiene que la decisión sometida a control de constitucionalidad; es decir, la notificación de 5 de agosto de 2012, no es armónica con la cosmovisión propia del pueblo indígena originario campesino de Santa Ana, por tanto, dicha decisión no cumple con los postulados del segundo componente del test del paradigma del vivir bien.