El presente voto disidente, tiene como objeto, plasmar una argumentación jurídico-constitucional, basada en criterios de pluralismo, interculturalidad y descolonización, aspectos omitidos en el análisis y fundamentación de la SCP 0108/2013 de 25 de e
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El presente voto disidente, tiene como objeto, plasmar una argumentación jurídico-constitucional, basada en criterios de pluralismo, interculturalidad y descolonización, aspectos omitidos en el análisis y fundamentación de la SCP 0108/2013 de 25 de e

Fecha: 25-Ene-2013

debe precisarse que su activación para la tutela de derechos fundamentales en contextos diferentes a los del ejercicio de la jurisdicción indígena originario campesina, esta circunscrita a cuatro presupuestos esenciales

La acción de libertad disciplinada por el art. 125 de la Constitución, se configura como un mecanismo de tutela, inserto en el brazo tutelar del Control Plural de Constitucionalidad, tal como se desarrolló en el Fundamento Jurídico 7 del presente voto disidente; en ese orden, en principio, debe precisarse que su activación para la tutela de derechos fundamentales en contextos diferentes a los del ejercicio de la jurisdicción indígena originario campesina, esta circunscrita a cuatro presupuestos esenciales: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física, así como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida.