SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2013

Fecha: 04-Ene-2013

2) La finalidad de la diferencia de trato, que debe ser legal y justa. La protección especial que la Ley brinda al trabajador se traduce, entre otros aspectos, en la inversión de la prueba, o sea que sea el empleador el encargado de desvirtuar lo que sustenta el trabajador en su demanda, pues por la relación de dependencia que existe entre el primero y el segundo puede resultar en que el trabajador no cuente con ningún documento por el que pueda demostrar la existencia de tal relación, haciendo difícil, sino imposible, lograr un resultado favorable en sus peticiones, o que el Juez cuente con los elementos imprescindibles para adoptar una decisión;

2) La finalidad de la diferencia de trato, que debe ser legal y justa. La protección especial que la Ley brinda al trabajador se traduce, entre otros aspectos, en la inversión de la prueba, o sea que sea el empleador el encargado de desvirtuar lo que sustenta el trabajador en su demanda, pues por la relación de dependencia que existe entre el primero y el segundo puede resultar en que el trabajador no cuente con ningún documento por el que pueda demostrar la existencia de tal relación, haciendo difícil, sino imposible, lograr un resultado favorable en sus peticiones, o que el Juez cuente con los elementos imprescindibles para adoptar una decisión;