SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2013

Fecha: 04-Ene-2013

2. Principio de igualdad.-

El mismo Fernando Perez Royo en su libro referido sostiene que: “El principio de igualdad, constituye un valor no solo del sistema tributario, sino del conjunto del ordenamiento. No es solamente la igualdad formal ante la ley; sino, también la igualdad sustancial y el deber de los poderes públicos de promover las condiciones para hacerla efectiva, junto con la libertad”.

Rodolfo R. Spisso en su libro “Derecho Constitucional Tributario, Segunda Edición, Argentina-Buenos Aires, Editorial Depalma-Buenos Aires, año 2000, Pág., 323 y ss. Principios Constitucionales  del Gasto Público de  la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina” señala: “Referirse al principio de igualdad es hablar de uno de los principios básicos surgidos de la Revolución Francesa, que impulsó la sustitución de un sistema basado en una sociedad clasista por un ordenamiento jurídico sustentado en la igualdad de todos los hombres ante la ley.